La ley de educación primaria de 1908
En 1908 justo Sierra puso en
manos del Congreso Superior de Educación Pública un proyecto de Ley de
Educación Primaria para el Distrito Federal y los territorios. la ley
proyectada debería precisar la naturaleza y fines de los servicios que
regiría; la cuestión era definir el concepto que se iba a manejar: educación
o instrucción.
Justo Sierra se pronunció
por el concepto de educación, y la Ley lo define en su Artículo 1°: "Las
escuelas primarias oficiales serán esencialmente educativas; la instrucción en
ellas se considera sólo como un medio de educación".
En una sesión posterior el
concepto fue enriquecido y reforzado por el de educación integral; es decir,
por la idea de una educación equilibrada, que produzca el desarrollo armónico
del ser humano en lo físico, lo integral y lo moral.
La Ley de 1908 agrega la
educación estética; también el concepto de educación nacional.
Se entiende por educación
nacional la introducción al estudio de la historia patria, de la geografía
elemental de México y del civismo constitucional mexicano. Se llama lengua
nacional al español de México.
La Ley recomienda
expresamente que los educadores se empeñen en desarrollar, en sus alumnos, el
amor a la patria mexicana, la fidelidad a sus instituciones y la consagración
entusiasta a la empresa del progreso de la Nación y el perfeccionamiento de sus
habitantes.
El laicismos escolar se
explicó en la Ley como una escuela que no profesa ni combate religión alguna;
que no enseña ninguna religión por no violentar la conciencia de los fieles de
otras religiones; como una escuela neutral en materia religiosa de Estado, en
garantía de la libertad de religión y de la igualdad de todos los credos religiosos
ante la ley.
La educación obligatoria es
una de los temas más temidos por sus implicaciones prácticas y por las
naturales limitaciones de su aplicación.
Justo Sierra
decía:"Creo de mi labor manifestar, no solo en nombre del magisterios,
sino del gobierno, que este órgano político del Estado tiene por su deber
encargarse de la educación pública, única manera de que el servicio de
enseñanza, que está sobre todo encarecimiento, pueda desempeñarse
debidamente". Al hacer esta declaración formal, el gobierno afronta las
consecuencias y responsabilidades consiguientes y las asume, no sólo por
convicción, sino en virtud de autorizaciones formales del poder legislativo.
Esta declaración rebasa los
límites de la contradicción polémica y se eleva a la altura de la teoría del
Estado; éste se hace cargo de los interese de la nación. Reconoce el
gobierno el supremo deber de impartir educación al pueblo y subraya la
obligación de todos de cooperar en la consecución de meta tan importante como
un deber de todos con la patria
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